Motivación de la SCJ para declarar absolución del exdirector de OMSA
La Segunda Sala de la Suprema Corte (SCJ) de Justicia liberó de responsabilidad penal al exdirector de la desaparecida Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA), Manuel Rivas, al acogerle un recurso de casación en contra de la sentencia que lo condenó por a 2 años de prisión y a cinco de inhabilitación para ejercer un cargo público por violar la Ley 340-06 de Contrataciones Públicas.
En la sentencia de la SCJ, sus jueces argumentan que la Corte de Apelación del Distrito Nacional hizo una “errónea aplicación de una norma jurídica” al valerse del régimen sancionador de la Ley 340-06, derogado por la Ley núm. 449-06, “la cual, entre otras cosas, eliminó la pena de prisión y de prohibición para el ejercicio de la función pública, disponiendo solo sanciones de índole administrativa” a los funcionarios que incurran en su violación.
En ese orden, dictó la “absolución de Manuel Antonio Rivas Medina, puesto que el tipo por el que fue juzgado no constituye un hecho punible, como lo manda el artículo 337 numeral 3 del Código Procesal Penal”, concluyó esa alta corte.
A juicio de Carlos Salcedo, quien dirigió la defensa de Rivas, “la sentencia de la Suprema Corte de Justicia revierte el nefasto fallo emitido por la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, la cual tuvo como fundamento una disposición legal derogada y aplica el derecho correctamente”.
Agregó que los jueces de la SCJ, Francisco Antonio Jerez Mena, Nancy I. Salcedo Fernández y María G. Garabito Ramírez, confirmaron al descargar a su defendido lo que durante todo el proceso sostuvo como defensa “que los hechos imputados (al exfuncionario) no constituyen ilícitos penales”, según las normas vigentes.
Se recuerda que Rivas fue acusado de corrupción y soborno luego del asesinato del abogado Yuniol Ramírez, en el 2017 y de cuyo crimen no fue acusado por el Ministerio Público.
No obstante, fue descargado de corrupción y soborno, así como de violar la ley de contrataciones públicas en primera instancia, pero condenado en la jurisdicción de segundo grado por infringir la Ley 340-06.
Salcedo lamentó que tuvieran que pasar, más de siete años y dos meses para que el sistema de justicia diera la solución al caso, lo que, según aseguró, “ha deja una imborrable secuela de daños tanto al Ing. Manuel Rivas, como a su familia y relacionados”.